Trabajo de Horizon Scanning según el HTAR
❔Quién: HS será responsabilidad de un subgrupo designado establecido por el Grupo de Coordinación ( Artículo 3(7(k)).
❔ Qué: El subgrupo de Salud y Seguridad Alimentaria elaborará informes sobre tecnologías sanitarias emergentes que se espera que tengan un impacto importante en los pacientes, la salud pública o los sistemas de atención sanitaria. Los informes deben abordar el impacto clínico estimado y las posibles consecuencias organizativas y financieras de las tecnologías sanitarias emergentes para los sistemas nacionales de atención sanitaria (artículo 22(1)).
❔ Dónde: Los datos se recopilarán de forma rutinaria a partir de registros de estudios clínicos, informes científicos, la Agencia Europea de Medicamentos, el Grupo de Coordinación de Productos Sanitarios, desarrolladores de tecnología sanitaria, miembros de la red de partes interesadas a que se refiere el artículo 29 y cualquier otro experto pertinente (artículo 22(2-3)). Esto puede incluir pacientes individuales. Una vez que se hayan elaborado informes sobre tecnologías sanitarias emergentes utilizando los datos recopilados, se incorporarán al programa de trabajo anual y al informe anual de la ETS de la UE (artículo 6(3a)) y se pondrán a disposición del público en general a través de la página web de acceso público en la plataforma informática en formato anónimo, agregado y no confidencial (artículo 30(3m)).