La evaluación clínica conjunta es la recopilación científica y la descripción de un análisis comparativo de la evidencia clínica disponible sobre una tecnología sanitaria en comparación con una o más tecnologías sanitarias o procedimientos existentes ; la definición completa se proporciona en el Capítulo I, Artículo 2 (6) de la HTAR 2021/2282

🔗 Acceda a la definición completa proporcionada en el Capítulo I Artículo 2 (6) del HTAR 2021/2282

El objetivo de un JCA es proporcionar:

  1. Un informe de evaluación y;
  2. Un informe resumido

que se basan en la experiencia recopilada de expertos científicos, clínicos y de pacientes, de la industria y de organismos de evaluación de tecnologías sanitarias (HTA) de la UE.

La evaluación clínica conjunta estará a cargo de representantes del subgrupo designado . Estos representantes son responsables de las actividades y los plazos de la evaluación clínica conjunta, y de recopilar información de:

  • agencias reguladoras
  • médicos clínicos
  • Pacientes

Dos Estados miembros, uno líder y otro de apoyo, liderarán los esfuerzos para llevar a cabo un JCA y se comunicarán con los demás representantes de los Estados miembros.

Los países no pertenecientes a la UE podrán participar como observadores o en colaboraciones específicas. Este proceso se detallará en los actos de ejecución.

El proceso y los principios sobre cómo se informará a los pacientes de las próximas evaluaciones (JCA) y los formatos metodológicos para que puedan contribuir activamente aún están en desarrollo. 

Referencia: Comisión Europea. Actas de la reunión de la red de partes interesadas de la evaluación de tecnologías sanitarias, junio de 2023