¿Qué tecnologías sanitarias son elegibles para la Consulta Científica Conjunta?
Requisitos de finalización
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Las tecnologías sanitarias se consideran elegibles para consultas científicas conjuntas según dos criterios:
- En primer lugar, la tecnología sanitaria debe ser susceptible de ser objeto de una evaluación clínica conjunta posterior de conformidad con el artículo 7(1). Esto incluye medicamentos, productos sanitarios y productos sanitarios para diagnóstico in vitro con autorizaciones y clasificaciones claramente definidas.
- En segundo lugar, los estudios clínicos y las investigaciones clínicas relacionadas con la tecnología sanitaria deben estar todavía en la fase de planificación (artículo 16(2)).