La red de partes interesadas
La red de partes interesadas
Este grupo sirve para facilitar un diálogo regular entre las organizaciones de partes interesadas paraguas europeas y el CG.
Es importante señalar que el papel de la Red de Partes Interesadas (RS) es distinto del papel de las organizaciones de partes interesadas y los pacientes, expertos clínicos y otros expertos relevantes que son seleccionados y consultados en consultas científicas conjuntas específicas y/o evaluaciones clínicas conjuntas. o
¿Por qué es necesaria una red de partes interesadas?
La HTAR exige la creación de una red de partes interesadas para garantizar la inclusión y la transparencia de cualquier trabajo conjunto de evaluación de tecnologías sanitarias que se lleve a cabo a nivel europeo. La red de partes interesadas es un componente vital del reglamento, ya que garantiza que se tengan en cuenta las perspectivas e intereses de las distintas partes interesadas.
¿Quién está incluido en la Red de Partes Interesadas?
La Red de Partes Interesadas incluye varias organizaciones de partes interesadas. De acuerdo con el Artículo 29(2) de la Ley de Reformas y Medidas Sanitarias, las organizaciones de partes interesadas elegibles incluyen:
- Organizaciones de pacientes
- Organizaciones de consumidores
- Organizaciones no gubernamentales en el ámbito de la salud
- Asociaciones de desarrolladores de tecnología sanitaria
- Organizaciones de profesionales de la salud
Los criterios de elegibilidad para que las organizaciones se unan a la red incluyen:
- Prueba de participación actual o planificada en el desarrollo de HTA
- Experiencia profesional relevante para la red de partes interesadas
- Cobertura geográfica de varios Estados miembros
- Capacidades de comunicación y difusión
El siguiente gráfico muestra la distribución de los diferentes tipos de organizaciones en la actualidad (marzo de 2024) en la Red de Partes Interesadas.
Figura 2: Adaptado de Tipos y número de organizaciones de la red de partes interesadas del HTAR (a septiembre de 2023). Fuente: Comisión Europea. Disponible en:hta_20230918_co01_en.pdf (europa.eu)
¿Cuál es el papel de la Red de Partes Interesadas?
La función principal de la Red de Partes Interesadas es apoyar el trabajo del Grupo de Coordinación y sus subgrupos cuando se lo soliciten (artículo 29(1)). Esto puede implicar proporcionar información al subgrupo encargado de identificar y presentar informes sobre tecnologías sanitarias emergentes (artículo 22(1-2)) y proporcionar comentarios sobre el programa de trabajo anual y los informes anuales del Grupo de Coordinación (artículo 6(3)). La Comisión, los subgrupos pertinentes y la Red también intercambiarán información sobre otras áreas de trabajo conjunto, incluido el desarrollo de orientación metodológica y procedimental y la realización de consultas científicas conjuntas y evaluaciones clínicas conjuntas.
¿Cómo interactúa la red de partes interesadas con el trabajo del grupo de coordinación?
La Red de Partes Interesadas y el Grupo de Coordinación deben reunirse al menos una vez al año (artículo 29(5)). Durante estas reuniones, la Red de Partes Interesadas recibirá información actualizada sobre el trabajo conjunto realizado por el Grupo de Coordinación, incluidos sus principales resultados, y se facilitará el intercambio de información.
Las SN podrán ser invitadas, de manera ad hoc, a las reuniones del Grupo de Coordinación en calidad de observadoras (artículo 29 (6)).
La reunión anual de la Red de partes interesadas en HTA se lleva a cabo en Bruselas, Bélgica. Entre reuniones, los miembros de la red de partes interesadas pueden intercambiar información de forma segura entre ellos. a través de la plataforma informática (artículo 30(1)). Los resultados de las reuniones anuales estarán disponibles para el público a través de la misma plataforma informática.